El Ministro de Hacienda, Donald Guerrero, explicó que el decreto 275-16 reglamenta que el Impuesto Selectivo al Consumo de los combustibles será pagado en la Dirección General de Aduanas, como lo establece la ley.
Indicó también que la disposición del Poder Ejecutivo crea el mecanismo de reembolso del gravamen pagado por los generadores, importadores, empresas de zonas francas y demás sectores beneficiarios de las exenciones.
El funcionario señaló que el decreto especifica que el impuesto solo será reembolsado a los beneficiarios que utilicen el combustible para los fines que establece la ley 253-12.
“En el caso de los generadores, por citar un ejemplo, pagarán el impuesto al momento de importar los combustibles que la ley le concede y se les hará el reembolso contra verificación de los niveles de generación requeridos por el sistema eléctrico interconectado. La verificación se aplicará también a los demás usuarios”, explicó el Ministro.
Explicó que esto va a regular el mercado de combustibles porque “como ustedes saben había mucho trasiego de combustibles, importaciones que se destinaban a propósitos que no estaban contemplado originalmente en la ley”.
Este decreto acoge lo establecido en la ley 253 del 2012, que plantea y obliga al Estado a implementar un mecanismo de reembolso de los impuestos pagados por las empresas beneficiarias con exenciones en el pago del Impuesto Selectivo al Consumo.
Video Decreto Impuestos a los Combustible
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