Juegos de Azar

Cese Temporal de Operaciones de Banca(s) de Apuestas Deportivas

Autorizar Cese Temporal de Operaciones (Bancas), conforme al marco legal vigente y las buenas prácticas.

¿A quién va dirigido?

Persona Física y Jurídica

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante

Costo
Costo

RD$6,500.00

Requisitos:

  • Realizar el pago de la tasa administrativa por tramitación de servicio sobre cese temporal de operaciones de banca(s) de apuestas deportivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la presente resolución.   
  • Completar el formulario de solicitud sobre el cese temporal de banca(s) de apuestas deportivas.
  • Fotocopias anverso y reverso legibles de los documentos de identidad (Cédula de Identidad o Pasaporte) de la persona física solicitante o la persona física autorizada, si el propietario/a de la banca de apuestas es una persona jurídica.
  • Para solicitudes de personas jurídicas, copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción de los documentos corporativos vigentes de la razón social, conforme la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada núm. 479-08 (modificada), que incluya:
    1. Última acta de asamblea, con su respectiva nómina de accionistas;
    2. Estatutos sociales;
    3. Lista de suscriptores y estado de pago;
    4. Certificado del Registro Mercantil vigente;
    5. Si aplica, original del acta de asamblea donde se dispone el poder de representación, debidamente registrada en la Cámara de Comercio y Producción; o acto de poder de representación debidamente notarizado y registrado ante la Procuraduría General de la República
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DCII), mediante la cual se haga constar que el propietario de la banca está al día en el pago de todas sus obligaciones tributarias.

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante entrega a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar la comunicación de solicitud sobre Cese Temporal de Operaciones (Bancas), y todos los requisitos preestablecidos anexos.
  2. Solicitante efectúa el pago en el área de caja del Ministerio.
  3. Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo, volante de pago y recibo de seguimiento. 
  4. Solicitante recibe respuesta mediante una resolución de la Comisión de Casinos

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Ley núm. 140-02, de fecha cuatro (04) de septiembre de 2002;
– Ley núm. 29-06, que modifica varios artículos de la Ley núm. 351 del 1964, que autoriza la expedición de licencias para el establecimiento de juegos de azar, de fecha 16 de febrero de 2006;
– Numeral 29, Artículo 3,  de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda);
– Cuarta y Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-733, de fecha veintiuno (21) de febrero de 2017, (Acta núm. 04-2017 de fecha nueve (09) de febrero de 2017);
– Tercera Resolución de la Comisión de Casinos DM-1903, de fecha once (11) de abril 2017, (Acta núm. 09-2017 de fecha dieciséis (16) de marzo de 2017);
– Quincuagésima Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-739-2018, de fecha seis (06) de agosto de 2018 (según Acta núm. 08-2018 de fecha diecinueve (19) de julio de 2018), contentiva de los requisitos aplicables para este servicio;
– Décima Octava Resolución de la Comisión de Casinos DM-303-2019, de fecha tres (03) de septiembre de 2019, (según Acta núm. 12-2019 levantada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019), contentiva de la tarifa administrativa aplicable para este servicio;
– Resolución núm. 161-2021, de fecha veintinueve (29) de abril de 2021, que delega la participación del ministro de Hacienda, como presidente de la Comisión de Casinos, al viceministro del Tesoro, y a la vez se autoriza para que, en nombre y representación del ministro, pueda firmar los actos administrativos referentes a las notificaciones de las decisiones adoptadas en las reuniones de la Comisión de Casinos y en el Comité ad hoc, conformado mediante la resolución núm. 078-2018.
– Resolución núm. 105-2022 de fecha dos (02) de marzo de 2022, que establece los requisitos y las tarifas administrativas para las solicitudes relativas a bancas de apuesta deportiva.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext:2103 Correo: atencionalusuario@hacienda.gov.do.


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