Requisitos:
- Comunicación debidamente timbrada y sellada, dirigida al ministro de Hacienda, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando el Cese Temporal o cierre definitivo de Operaciones de Bingos Tradicionales y Bingos Electrónicos.
- Fotocopias anverso y reverso legibles de los documentos de identidad según aplique (Cédulas de Identidad y Electoral o Pasaportes) de la persona física solicitante o la persona física autorizada, si la propietaria es una persona jurídica.
- Copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción de los documentos corporativos vigentes de la razón social conforme la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 (modificada), que incluya acta de asamblea que designe la persona física autorizada a realizar la solicitud ante la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, con su respectiva nómina de accionistas y certificado del Registro Mercantil.
- En caso de Cierre definitivo : Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que el propietario/a del Bingo está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.