Juegos de Azar

Expedición de Licencia de Operación de Juegos de Azar y Apuestas por Internet

Autorizar el otorgamiento de la licencia de operación de Juegos de azar y apuestas por internet, de Casinos online, Bancas de apuestas deportivas online y Otros juegos online. Conforme al marco legal vigente y las buenas prácticas. 

¿A quién va dirigido?

Persona Jurídica

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante.

Costo
Costo

Casinos Online RD$ 20,473,481
Bancas de Apuestas deportivas RD$15,355,111
Otros Juegos Online RD$ 10,236,740

Requisitos:

  •  Requisitos generales: 
    1. Presentar como objeto social único la organización, comercialización y explotación de juegos. 
    2. Copia certificada de todos los documentos constitutivos de la razón social conforme la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No.479-08 (modificada), incluyendo el Registro Mercantil, (Traducidos al idioma oficial, si no lo están). 
    3. Número de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), de la compañía. 
    4. Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que la sociedad comercial está al día en el pago de sus obligaciones fiscales. 
    5. Certificado de No Antecedentes Judiciales de los accionistas de la sociedad comercial, expedido por la Procuraduría Fiscal que corresponda. Si son extranjeros, una Certificación de las autoridades correspondientes del país de origen. 
    6. Copia de las Cédulas de Identidad y Electoral o Pasaportes de los accionistas de la sociedad comercial. 
    7. Las documentaciones deben estar Apostilladas y Certificadas por el Consulado de la República Dominicana en el país donde residen los accionistas de la empresa solicitante. 
    8. El domicilio de la empresa debe ser el mismo del almacén de operaciones (Servidores, operadores, call center, sistema de inspección de juegos, administración del site del site de internet y administradores de la empresa. 
  • Requisitos Técnicos – Administrativos: 
    1. Declaración indicando la estructura de personal técnico.  
    2. Experiencia profesional de los directivos de la entidad responsable del desarrollo de las actividades de juego objeto de la Licencia. 
    3. Declaración indicando los sistemas técnicos de los que dispondrá para el desarrollo de las actividades de juego objeto de la Licencia. 
    4. Descripción de las instalaciones o unidades técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y la seguridad y, en su caso, de los medios de estudio e investigación de la empresa. 
  • Requisitos Técnico – Operacionales:
    1. Implantar un sitio web específico con nombre de dominio bajo <<.do>>. 
    2. Redireccionar hacia el sitio web específico con nombre de dominio bajo <<.do>> todas las conexiones que se realicen desde ubicaciones situadas en República Dominicana, o que hagan uso de cuentas de usuarios locales, a sitios web bajo dominio distinto al <<.do>>, que sean propiedad o estén controlados por el operador de juego, su matriz o sus filiales. 
    3. Homologación de los sistemas técnicos. 
    4. Identificación de participantes. 
    5. Control de prohibiciones subjetivas de participación (Consulta en Dirección de Casino y Juegos de Azar). 
    6. Aleatoriedad de los generadores de números aleatorios empleados. 
    7. Requisitos de seguridad de los sistemas técnicos de juego. 
    8. Garantizar la trazabilidad y registro de las operaciones de juego. 
    9. Implantación de un sistema de control interno que capture y registre las operaciones de juego y las transacciones económicas. Dicho sistema deberá disponer de un almacén ubicado geográficamente en la República Dominicana. 
    10. Permitir en caso de ser necesario y sin prejuicio de la posibilidad de realizar inspecciones presenciales, la conexión al sistema por parte del personal de inspección de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar. 
    11. Requisitos en el marco de una gestión responsable del juego: 
    12. Asegurar la integridad y seguridad de los juegos, garantizando la participación, transparencia de los sorteos y eventos, del cálculo y del pago de premios y el uso profesional y diligente de los fondos. 
    13. Canalizar adecuadamente la demanda de participación. 
    14. Reducir cualquier riesgo de daño potencial a la sociedad, ello incluye la lucha contra el juego ilegal y las actividades delictivas asociadas. 
  • Colaborar activamente de acuerdo con las leyes, con las autoridades encargadas de la prevención del blanqueo de capitales. 

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante entrega a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar la comunicación de solicitud sobre la licencia de operación de Juegos de azar y apuestas por internet.
  2.  Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo y recibo de seguimiento.   
  3.  Solicitante efectúa el pago en el área de caja del ministerio de Hacienda cuando la DCJA se lo indique. 
  4.  Solicitante recibe respuesta mediante una resolución de la Comisión de Casinos.

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
– Ley núm. 351-64 (modificada), de fecha seis (06) de agosto de 1964.
– Ley núm. 29-¬06, de fecha dieciséis (16) de febrero de 2006.
– Ley núm. 155-17, de fecha primero (1ro.) de junio de 2017, contra lavado de activos y financiamiento al Terrorismo.
– Ley núm. 139-11, de fecha veinticuatro (24) de junio de 2011.
– Décimo Primera Resolución de la Comisión de Casinos DM/1506, de fecha veintiocho (28) de marzo de 2013, (según Acta núm. 08-2013 levantada en fecha diecinueve (19) de marzo de 2013).
– Décimo Segunda Resolución de la Comisión de Casinos DM/2226, de fecha tres (03) de mayo de 2013, (según Acta núm.13-2013 levantada en fecha veintitrés (23) de abril de 2013), en Adendum de los requisitos aplicables para este servicio.
– Décima Segunda Resolución de la Comisión de Casinos DM-100-2019, de fecha treinta (30) de abril de 2019, (según Acta núm. 06-2019 levantada en fecha cuatro (04) de abril de 2019) de la tarifa administrativa aplicable para este servicio.
– Resolución núm. 161-2021, de fecha veintinueve (29) de abril de 2021, que delega la participación del ministro de Hacienda, como presidente de la Comisión de Casinos, al viceministro del Tesoro, y a la vez se autoriza para que, en nombre y representación del ministro, pueda firmar los actos administrativos referentes a las notificaciones de las decisiones adoptadas en las reuniones de la Comisión de Casinos y en el Comité ad hoc, conformado mediante la resolución núm. 078-2018.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2103  Correo: atencionalusuariodcja@hacienda.gov.do.


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