Juegos de Azar

Gastos de Publicación para la obtención de Licencia de operación de Salas de juegos de Máquinas Tragamonedas

Proceso mediante el cual se Autoriza los Gastos de Publicación para obtener la licencia de operación de Sala de juegos de Máquina Tragamonedas. 

¿A quién va dirigido?

Persona Jurídica

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante.

Costo
Costo

RD$ 200,000.00

Requisitos:

  • Comunicación timbrada y sellada por la sociedad comercial y firmada por la persona que representa la sociedad, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, mediante la cual efectúa el pago correspondiente por concepto de gastos de publicaciones, en un periódico de circulación nacional por tres (03) días consecutivos. 

Nota 1: La comunicación debe hacer mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de pago de publicaciones del extracto de licencia, para operar una Sala de Juegos de Máquinas Tragamonedas, sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque

  • Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de pago de publicaciones del extracto de licencia para operar una Sala de Juegos de Máquinas Tragamonedas, incluyendo fotocopia del referido cheque. 
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que la sociedad comercial está al día en el pago de sus obligaciones tributarias. 

Nota 2: Este pago se exigirá una vez sean cumplimentados los requisitos documentales concernientes a la solicitud para instalar y operar una Sala de Juegos de Máquinas Tragamonedas, en República Dominicana y la Dirección de Casinos y Juegos de Azar haya concluido los procesos de investigación sobre la solvencia moral y económica del solicitante y de análisis de las documentaciones aportadas.

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante entrega a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, el formulario por concepto de gastos de publicaciones. Más el cheque certificado y todos los requisitos preestablecidos anexos.  
  2. Solicitante efectúa el pago en el área de caja del Ministerio. 
  3. Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo, volante de pago y recibo de seguimiento.   
  4. Solicitante recibe respuesta mediante una resolución de la Comisión de Casinos 

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
– La Ley núm. 351-64, que autoriza la expedición de licencia para el establecimiento de salas de juegos de azar, de fecha 6 de agosto de 1964.
– La Ley núm. 96-88 del 31 de diciembre de 1988, que autoriza a los casinos de juegos a operar máquinas tragamonedas.
– La Ley núm. 29-06, que modifica varios artículos de la Ley núm. 351 del 1964, que autoriza la expedición de licencias para el establecimiento de juegos de azar, de fecha 16 de febrero de 2006.
– La Ley núm. 139-11, sobre Reforma Tributaria con el Propósito de Aumentar los Ingresos Tributarios y Destinar Mayores Recursos en Educación, de fecha 24 de junio de 2011.
– La Ley núm. 253-12, del Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, de fecha 9 de noviembre de 2012.
– La Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo que busca sustituir y derogar la Ley núm. 72-02, sobre el lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas del 7 de junio de 2002, de fecha 1 de junio de 2017.
– La Décima Novena Resolución dictada por la Comisión de Casinos en su reunión celebrada en fecha veintidós (22) de noviembre de 2018, según (Acta núm. 16-2018), notificada mediante el oficio DM-871-2018, de fecha veintiuno (21) de diciembre de 2018.
– La Vigésima Resolución dictada por la Comisión de Casinos en su reunión celebrada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019, según (Acta núm. 12-2019), notificada mediante el oficio DM-318-2019, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2019.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2103  Correo: atencionalusuariodcja@hacienda.gov.do.


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