Juegos de Azar

Inscripción o Cambio sobre el registro de administración Responsable de una Sala de Juegos de Azar (Casinos) 

Gestionar y dar respuesta a las solicitudes de inscripción o cambio del registro de administración responsable de salas de juegos de azar (casinos).

¿A quién va dirigido?

Persona Jurídica  

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante.

Costo
Costo

​​RD$ 2,321,486.18​ 

Requisitos:

  • Llenado del Formulario de Registro y Control de Licenciatarias y Administración Responsables. 
  • Comunicación debidamente timbrada y sellada por la sociedad comercial y firmada por la persona que representa la sociedad, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando el registro de Administración Responsable de una Sala de Juegos de Azar, (Casino) e indicando el nombre del Casino. 

Nota 1: Esta comunicación debe contener el Número del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de la sociedad comercial solicitante, haciendo mención expresa del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto registro de Administración Responsable de una Sala de Juegos de Azar, (Casino), sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque.

  • Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de registro de Administración Responsable de una Sala de Juegos de Azar, (Casino), incluyendo fotocopia del referido cheque. 
  • Un ejemplar original legalizado del Contrato de Arrendamiento de la Sala de Juegos de Azar, (Casino), suscrito entre la sociedad comercial titular de la Licencia del Casino y la sociedad comercial que tendrá el Registro de la Administración Responsable. 

Nota 2: 

a) Este Contrato de Arrendamiento deberá contener las generales completas del representante legal o quien ejerce el mandato de las sociedades comerciales actuantes, indicando el RNC de las mismas y firmado por las partes, con la misma rúbrica que poseen en la Cédula de Identidad y Electoral y/o Pasaporte 

b) Acto debidamente registrado en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento donde corresponda, al tenor de lo dispuesto por la Ley 2334 y el artículo 1328 del Código civil dominicano. 

c) Acto debidamente legalizado en la Procuraduría General de la República

  • Copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción de los documentos corporativos vigentes de la razón social conforme la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 (modificada), que incluya acta de asamblea, con su respectiva nómina de accionistas, certificado del Registro Mercantil, que designe la persona física autorizada a realizar la solicitud ante la Dirección de Casinos y Juegos de Azar. (Traducidos al idioma oficial, si no lo están). 
  • Cuando el(los) accionista(s) de la sociedad comercial solicitante sea(n) otra(s) sociedad(es) comercial(es) nacional(es) o extranjera(s) con participación igual o mayor al 20%, deberá (n) aportar los documentos corporativos vigentes que incluya Acta de Asamblea, con su respectiva nómina de accionistas y certificado del Registro Mercantil o los documentos corporativos equivalentes al país de origen de la(s) sociedad(es). 
  •  Certificación de no antecedentes penales de los accionistas de la(s) sociedad(es) comercial(es) que intervienen en el esquema accionario, expedido por las autoridades judiciales competentes. Sí son extranjeros, dicha Certificación debe ser expedida por las autoridades correspondientes a su país de origen. 

Nota 3: La documentación requerida en los numerales 6 y 7 según aplique, debe depositarse en copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción, apostillada y/o certificada por el Consulado de la República Dominicana del país de origen de la sociedad comercial, debidamente traducida al castellano, por un intérprete judicial, (si aplica), cuya firma debe ser legalizada en la Procuraduría General de la República.

  • Copias fotostáticas anverso y reverso legibles de los documentos de identidad según aplique (Cédulas de Identidad y Electoral o Pasaportes) de todos los accionistas. 
  • Original de la carta sobre referencia bancaria de la sociedad comercial solicitante, expedida con fecha vigente al depósito de la solicitud. Dicha carta debe reflejar una considerable solvencia económica, verificándose este criterio, en su balance actual y balance promedio. 
  • Estados Financieros Auditados de la sociedad comercial solicitante, debidamente certificados por un Contador Público Autorizado o funcionario equivalente en caso de que la entidad sea una sociedad extranjera. 
  • Declaración Jurada de Origen y Licitud de Fondos, realizada por un Notario Público, debidamente legalizada en la Procuraduría General de la República 
  • Un Acto de Notoriedad mediante el cual la Licenciataria se compromete solidariamente con la Administración Responsable al cumplimiento del pago de las obligaciones tributarias. así como cualquier reclamación de liquidación de premios del Casinos, en caso de que la Administración Responsable dejara de hacerlo, debidamente legalizado en la Procuraduría General de la República. 
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que la Sociedad Comercial está al día en el pago de sus obligaciones tributarias. 

Nota 4: En caso de que la persona que firma la comunicación no sea accionista o no figure como gerente autorizado para firmar en nombre de la entidad solicitante, deberá aportar original del Poder de Representación legalizado, mediante el cual se especifique claramente los alcances jurídicos de la representación.

Nota 5: La Sociedad Comercial interesada en ser operador (administración responsable) de una Sala de Juegos de Azar, (Casino), deberá depositar en el proceso de registro, conjuntamente con los requisitos preestablecidos, lo relativo al cumplimiento de lo establecido en la Ley No.155-17 Contra Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, de fecha 1ro. de junio de 2017, sus Reglamentos de Aplicación y la Norma No. 204-17, a saber:

a) Manual de Cumplimiento que les permita aplicar en la Sala de Juegos de Azar, (Casino), las medidas, políticas y procedimientos tendentes a mitigar el riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT).

b) Hoja de vida de quien designarán como oficial de cumplimiento en la Sala de Juegos de Azar, (Casino).

La Administradora Responsable deberá asumir la continua capacitación y actualización del personal en materia de prevención contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT).

Nota 6: Los documentos deben ser depositados de conformidad al índice presentado: (01) juego en original y (02) juegos de copias simples, encuadernados en carpeta de 2 a 3 ojales. Reservándose esta institución, de requerirle el aporte de otros documentos, para el efectivo procesamiento de su expediente, de conformidad a la Ley No. 351-64 (modificada) y la Ley No. 155-17, Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante deposita en Mesa de Entrada, formulario de Registro y Control de Licenciataria y Administración Responsable, comunicación y documentos requeridos. 
  2. Solicitante realiza el pago del 10% con cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de registro de Administración Responsable de una Sala de Juegos de Azar, (Casino). 
  3. Solicitante es contactado para que realice el pago correspondiente al 90% restante del costo de la solicitud.
  4. Se dirige a Atención al Usuario, donde entrega comprobante de pago y recibe original de la resolución y firma el acuse de recibo.

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Ley núm. 351-64 (modificada), de fecha seis (06) de agosto de 1964, que autoriza la expedición de licencia para el establecimiento de salas de juego de azar (Casinos).
– Ley núm. 96-88, de fecha treinta y uno (31) de diciembre de 1988, que autoriza a los casinos de juegos a operar máquinas tragamonedas.
– Reglamento núm. 252-89, de fecha veintiuno (21) de junio de 1989, para la Operación y Funcionamiento de las Máquinas Tragamonedas.
– Ley núm. 29-06, que modifica varios artículos de la Ley núm. 351 del 1964, que autoriza la expedición de licencias para el establecimiento de juegos de azar, de fecha 16 de febrero de 2006.
– Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
– Ley núm. 155-17, de fecha primero (1ro.) de junio de 2017, contra lavado de activos y el financiamiento al terrorismo.
– Vigésima Cuarta Resolución de la Comisión de Casinos DM-706-2018, de fecha seis (06) de agosto de 2018 (según Acta núm. 08-2018 levantada en fecha diecinueve (19) de julio de 2018), contentiva de los requisitos aplicables para este servicio.
– Décima Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-319-2019, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2019, (según Acta núm. 12-2019 levantada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019), contentiva de la tarifa administrativa aplicable para este servicio.
–  Resolución núm. 161-2021, de fecha veintinueve (29) de abril de 2021, que delega la participación del ministro de Hacienda, como presidente de la Comisión de Casinos, al viceministro del Tesoro, y a la vez se autoriza para que, en nombre y representación del ministro, pueda firmar los actos administrativos referentes a las notificaciones de las decisiones adoptadas en las reuniones de la Comisión de Casinos y en el Comité ad hoc, conformado mediante la resolución núm. 078-2018.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext:2103  Correo: atencionalusuariodcja@hacienda.gov.do.


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