Juegos de Azar

Inspección de los Hoteles que opten por tener una Licencia de operación de Salas de Juegos de Azar (Casinos)

Autorizar la Inspección de los hoteles que operen y quieran solicitar una licencia de casinos.  

¿A quién va dirigido?

Persona jurídica  

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante.

Costo
Costo

​​RD$ 116,074.31 ​ 

Requisitos:

  • Comunicación debidamente timbrada y sellada por la sociedad comercial y firmada por la persona que representa la sociedad, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando la inspección del Hotel en el cual se instalaría la Sala de Juegos de Azar, (Casinos), haciendo expresión clara del nombre y ubicación del Hotel. 

Nota 1: Esta comunicación debe contener el Número del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de la sociedad comercial solicitante, haciendo mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de inspección, sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque. 

  • Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de inspección, incluyendo fotocopia del referido cheque. 
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que la Sociedad Comercial está al día en el pago de sus obligaciones tributarias. 

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante entrega en la dirección de casino la carta de solicitud de inspección del hotel en el cual se instalaría la sala de juegos de azar y el cheque certificado por concepto de la inspección.
  2. Solicitante efectúa el pago de inspección en el área de caja del Ministerio y recibe el volante de pago y recibo de seguimiento de la solicitud.
  3. Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo, volante de pago y volante de recepción del servicio.  
  4. Solicitante es contactado para programar fecha de la inspección requerida.
  5. Solicitante recibe respuesta mediante una resolución. 

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Ley núm. 351-64 (modificada), de fecha seis (06) de agosto de 1964, que autoriza la expedición de licencia para el establecimiento de Salas de Juegos de Azar (Casinos).
– Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
– Vigésima Primera Resolución de la Comisión de Casinos DM-703-2018, de fecha seis (06) de agosto de 2018, (según Acta núm. 08-2018 levantada en fecha diecinueve (19) de julio de 2018), contentiva de los requisitos aplicables para este servicio.
– Décima Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-319-2019, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2019, (según Acta núm. 12-2019 levantada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019), contentiva de la tarifa administrativa aplicable para este servicio.
– Resolución núm. 161-2021, de fecha veintinueve (29) de abril de 2021, que delega la participación del ministro de Hacienda, como presidente de la Comisión de Casinos, al viceministro del Tesoro, y a la vez se autoriza para que, en nombre y representación del ministro, pueda firmar los actos administrativos referentes a las notificaciones de las decisiones adoptadas en las reuniones de la Comisión de Casinos y en el Comité ad hoc, conformado mediante la resolución núm. 078-2018.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2103  Correo: atencionalusuariodcja@hacienda.gov.do.


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