Requisitos:
- Comunicación debidamente timbrada y sellada por la sociedad comercial Licenciataria del Casino y firmada por la persona que representa la sociedad, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de Presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando la modificación de la Licencia del Parque de Máquinas Tragamonedas.
Nota 1: La comunicación debe expresar claramente la cantidad de máquinas tragamonedas a incorporar a la Licencia, haciendo mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de modificación de la Licencia del Parque de Máquinas Tragamonedas, sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque.
Nota 2: En caso de que la solicitud sea formulada por la Administración Responsable, deberá aportar una carta de no objeción firmada por la Licenciataria.
- Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por modificación de la Licencia del Parque de Máquinas Tragamonedas.
- Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII), mediante la cual se haga constar que la Sociedad Comercial está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.