Renovación de Fianzas

Tramitación de Fianzas de Agentes Consignatarios de Buque

Servicio dirigido a gestionar y atender las tramitaciones de fianzas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los Agentes Consignatarios de Buques.

¿A quién va dirigido?

Agentes Consignatarios de Buques (Persona Jurídica)

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: De Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

15 días laborables a partir del pago de la tasa correspondiente.

Costo
Costo

RD$3,500.00

Requisitos:

– Comunicación dirigida al Ministerio de Hacienda, remitiendo la Póliza de Seguro original y los
documentos anexos.

– Póliza de Seguro original, en beneficio de la Autoridad Portuaria Dominicana, para garantizar
el cumplimiento de sus obligaciones como Agente Consignatario de Buque. El monto de la
fianza se determinará en razón del lugar o los lugares donde operará el Agente Consignatario
de Buque.

– Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) mediante la cual
haga constar que se encuentran al día con el pago de las obligaciones tributarias.

– Fotocopia de la Resolución que le otorgó la Licencia de Agente Consignatario de Buques.

Procedimientos a seguir:

Solicitante:

  1. Solicitante inicia trámite de validación del expediente en la Dirección Jurídica.
  2. Pagar la tasa administrativa en el área de Caja del Ministerio de Hacienda.
  3. Solicitante deposita expediente en la Mesa de Entrada.
  4. Solicitante retira en Mesa de Entrada el acuse de recibo de remisión de expediente a la Tesorería Nacional

Nota: no se le da respuesta directa al solicitante, la póliza es remitida a la Tesorería Nacional
quienes emiten la certificación correspondiente.

Información Adicional:

Seguimiento a la solicitud:
El solicitante puede dar seguimiento a la solicitud a través del siguiente enlace: https://sigob.hacienda.gob.do/consultacorrespondencia

Base legal del servicio

– Ley núm.. 3489, de fecha 14 de febrero de 1953, sobre el Régimen Legal de Aduanas.
– Ley núm. 494-06 de fecha 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda.
– Resolución 47-96, de fecha 22 de enero de 1996, que establece el funcionamiento de los agentes consignatarios de buques.
– Resolución núm. 200-2018 de fecha 22 de octubre de 2018, que establece las tasas administrativas por concepto de solicitud y expedición de licencia para operar como Consignatario de buques y la Renovación de Fianza para operar como Empresa de Transporte Expreso Internacional (Courier) y Agente Consignatario de Buques.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Departamento de Elaboración de Documentos Legales, Dirección Jurídica, Ministerio de Hacienda.

Tel.: 809-687-5131 ext. 2131 Correo: juridica@hacienda.gov.do.


Valorar este servicio: