Inversión Pública

Solicitud de Modificación Presupuestaria a Proyectos

Reprogramación financiera que pueden experimentar los proyectos durante su fase de ejecución.

¿A quién va dirigido?

Instituciones del Gobierno (ámbito Ley 498-06)

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Horario de prestación

Lunes - Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

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Tiempo de realización

No objeción modificaciones presupuestarias por inclusión: 10 días laborables por solicitud de modificación presupuestaria.
No objeción modificaciones presupuestarias ordinarias: 6 días laborables por solicitud de modificación presupuestaria.

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Costo del servicio

Servicio gratuito.

Requisitos

  • Tener proyectos incluidos en el Presupuesto aprobado para el ejercicio presupuestario del año.
  • Que todos los proyectos objeto de modificaciones presupuestarias tengan código SNIP.
  • Que el o los proyectos a disminuir las partidas, tengan las apropiaciones disponibles.

Procedimientos a seguir

Modificaciones presupuestarias por inclusión:

  1. Completa debidamente el formulario de modificación presupuestaria y remite solicitud de parte del ministro o incumbente de la institución ejecutora con el requerimiento de incluir el proyecto para el presupuesto vigente de la institución, mediante una comunicación dirigida al ministro de Hacienda y Economía (mesa entrada MHE).

Modificaciones presupuestarias ordinarias:

  1. La institución ejecutora, luego de registrar la modificación presupuestaria en el Sistema de Información de la Gestión Financiera (SIGEF), notifica por correo electrónico/vía telefónica a la DIP su registro para validación técnica correspondiente.

Información de contacto

Servicio ofrecido por:

Dirección de Inversión Pública

Teléfono:

809-688-7000 ext. 2250 / 2310

Información adicional

  • Modificaciones presupuestarias por inclusión: Presencial.
  • Modificaciones presupuestarias ordinarias: Correo electrónico.

Base legal del servicio

  • Ley 498-06 de Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública.
  • Decreto No. 493-07 que aprueba el reglamento de aplicación No. 1 para la ley No. 498-06 de planificación e inversión pública.
  • Ley 45-25 que dispone la fusión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.

Certificaciones obtenidas por el Ministerio de Hacienda y Economía

Certificaciones obtenidas

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Certificaciones obtenidas (versión móvil)

Certificaciones obtenidas