Juegos de azar

Traslado de máquinas tragamonedas desde una sala de juego a otra

Proceso mediante el cual se autoriza el traslado de máquinas tragamonedas desde una sala de juego a otra.

¿A quién va dirigido?

Persona jurídica.

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Horario de prestación

Presencial: de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

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Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante.

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Costo del servicio

RD$ 15,200.00 p/máquina​

Requisitos

  • Comunicación timbrada y sellada por la sociedad comercial y firmada por la persona que representa la Administración Responsable de la Sala de Juegos, de la cual se trasladará(n) la(s) máquina(s) tragamonedas, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando el traslado en cuestión, haciendo expresión clara del nombre y ubicación de las Salas de Juegos y destino de la(s) máquina(s) tragamonedas. 

     Nota 1: En la comunicación debe hacerse precisión de la cantidad de máquinas tragamonedas, sus marcas, modelos, seriales y numeración de las etiquetaciones. así como la mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de traslado de máquina(s) tragamonedas, sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque

  • Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de traslado de máquina(s) tragamonedas. 
  • Comunicación expedida por la Administradora Responsable de la Sala de Juegos donde será(n) trasladada(s) la(s) máquina(s) tragamonedas, declarando que no se opone a la recepción de la(s) misma(s). (Aplica para los casos en que la Administradora Responsable sea distinta a la que pretende trasladar). 
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que la sociedad comercial y la Sala de Juegos, de ambas partes, están al día en el pago de sus obligaciones tributarias. 

Procedimientos a seguir

  • Solicitante entrega a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, el formulario sobre Traslado de Máquinas Tragamonedas desde una sala a otra, más el cheque certificado y todos los requisitos preestablecidos anexos.  
  • Solicitante efectúa el pago en el Área de caja del Ministerio. 
  • Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo, volante de pago y recibo de seguimiento.   
  • Solicitante recibe respuesta mediante una resolución de la Comisión de Casinos.

Información de contacto

Servicio ofrecido por:

Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Teléfono:

809-687-5131 ext: 2103

Base legal del servicio

  • Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
  • Ley núm. 351-64, de fecha 6 de agosto de 1964, que autoriza la expedición de licencia para el establecimiento de salas de juegos de azar.
  • Ley núm. 96-88, de fecha 31 de diciembre de 1988, que autoriza a los casinos de juegos a operar máquinas tragamonedas.
  • Ley núm. 29-06, de fecha 16 de febrero de 2006, que modifica varios artículos de la Ley núm. 351 del 1964, que autoriza la expedición de licencias para el establecimiento de juegos de azar.
  • Ley núm. 139-11, de fecha 24 de junio de 2011, sobre Reforma Tributaria con el Propósito de Aumentar los Ingresos Tributarios y Destinar Mayores Recursos en Educación.
  • Ley núm. 253-12, de fecha 9 de noviembre de 2012, sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible. Ley núm. 155-17, de fecha 1 de junio de 2017, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo que busca sustituir y derogar la Ley núm. 72-02, sobre el lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas del 7 de junio de 2002.
  • La Vigésima Octava Resolución dictada por la Comisión de Casinos en su reunión celebrada en fecha veintidós (22) de noviembre de 2018, según (Acta núm. 16-2018), notificada mediante el oficio DM-871-2018, de fecha veintiuno (21) de diciembre de 2018.
  • La Vigésima Resolución dictada por la Comisión de Casinos en su reunión celebrada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019, según (Acta núm. 12-2019), notificada mediante el oficio DM-318-2019, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2019.
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