Exoneraciones

Carta de constancia de exoneración impositiva

Responder las solicitudes de carta de constancia de exoneración impositiva con fines informativos.

¿A quién va dirigido?

Personas jurídicas acogidas a una ley de incentivo.

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Horario de prestación

Presencial: de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

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Tiempo de realización

15 días laborables

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Costo del servicio

RD$13,400.00

Requisitos

  • Comunicación dirigida a la Dirección de Concesiones y Exenciones Fiscales  indicando el servicio que solicita, citando la base legal en que sustenta la petición e incluyendo sus datos de contacto.
  • Certificación o resolución vigente del Consejo o Comisión que regula la base legal en la cual se ampara, otorgando la clasificación como empresa acogida a una ley de incentivo.
  • Comprobante de pago, a nombre del beneficiario de la exoneración.
  • Un (1) original y una (1) copia de toda la documentación requerida.

Procedimientos a seguir

  • Pagar la tasa por servicio en el portal web del Ministerio de Hacienda y Economía, asegurándose de que el comprobante de pago esté a nombre del beneficiario de la exoneración.
  • Depositar documentos requeridos en el Área de Mesa de Entrada del Ministerio de Hacienda.
  • Dar seguimiento a su solicitud ingresando a la consulta de solicitud de servicios utilizando el volante de Mesa de Entrada para obtener una copia de la comunicación de respuesta del Ministerio de Hacienda y Economía y del acuse de recibo del expediente en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en caso de autorizada la solicitud.

Información de contacto

Servicio ofrecido por:

Dirección de Concesiones y Exenciones Fiscales

Teléfono:

809-687-5131 | Opción 1 y luego opción 2

Instructivos

Instructivo de uso para pagos múltiples de servicios
Instructivo de uso para pagos sin cuenta de usuario
Consulta de la solicitud

Información adicional

    • En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante del área le estará contactando.
    • Luego de ser contactado, tendrá un máximo de 5 días laborables para completar el mismo. Pasado este tiempo, si no ha logrado remitir los documentos faltantes, su solicitud será devuelta, debiendo iniciar el proceso nueva vez.
    • Si un caso es reintroducido deberá realizar nuevamente el pago de la tasa por servicio.
    • El comprobante de pago debe estar a nombre del beneficiario.
    • No se aceptan comprobantes de pago con más de 90 días de vigencia.

Base legal del servicio

  • Ley núm. 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos, y sus modificaciones.
  • Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.
  • Resolución núm. 239-2022 del 10 de noviembre de 2022 que actualiza las tarifas de servicios.
  • Otras leyes y contratos, según aplique.

Certificaciones obtenidas

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Certificaciones obtenidas