Requisitos:
- Completar debidamente el Formulario de Solicitud de Exoneración, según corresponda:
– Personas Físicas o Jurídicas
– Dominicanos Diplomáticos en el Exterior
- Copia del Reporte de Liquidación de Impuestos de la DGA (printer).
- Copia de la factura comercial.
- Copia del conocimiento de embarque o Bill of Lading (B/L), Guía Aérea (Air Way Bill) y guía terrestre.
- Declaración jurada notarizada, en original.
- Un pago a realizar por cada doce (12) ítems del Reporte de Liquidación de Impuestos de la DGA (printer) a través de VUCE-RD.
Otros requisitos, según aplique:
- Copia de la cédula de identidad y electoral en caso de persona física.
- Copia del certificado de título en caso de vehículo.
- Copia de endoso y aceptación de endoso.
- Para los Diputados y Senadores, depositar la certificación original del Congreso autorizando la exoneración. Esta debe recibirse antes de realizar la solicitud de exoneración.
- Copia de la certificación o resolución vigente del Consejo o Comisión que regula la base legal en la cual se ampara, otorgando la clasificación como empresa acogida a una ley de incentivo.
- Para las asociaciones sin fines de lucro acogidas a la Ley núm. 122-05, deberán haber agotado satisfactoriamente el proceso de depósito de su base legal en el Ministerio de Hacienda