Requisitos:
- Comunicación debidamente timbrada y sellada, dirigida al ministro de Hacienda, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando el Permiso de Instalación de Bingo Tradicional o Bingo Electrónico, según aplique.
- Fotocopias anverso y reverso legibles de los documentos de identidad según aplique (Cédulas de Identidad y Electoral o Pasaportes) de la persona física solicitante o la persona física autorizada, si la solicitante es una persona jurídica. Copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción de los documentos corporativos vigentes de la razón social conforme la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 (modificada), que incluya acta de asamblea que designe la persona física autorizada a realizar la solicitud ante la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, con su respectiva nómina de accionistas y certificado del Registro Mercantil.
- Original de la comunicación expedida por la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, mediante la cual se hace constar que el local donde se pretende instalar el Bingo está de conformidad con la ley y las normas establecidas por el Ministerio de Hacienda. Sin este requisito, la solicitud es inadmisible.
- Certificación de no antecedentes penales del solicitante. Sí son extranjeros, una certificación de las autoridades correspondientes a su país de origen. Si la parte adquiriente es una persona jurídica, deberán aportar dicha certificación de todos los socios o accionistas de la sociedad comercial, expedido por las autoridades judiciales competentes.
- Original de la carta sobre referencia bancaria de la persona física o jurídica solicitante, expedida con fecha vigente al depósito de la solicitud. Dicha carta debe reflejar solvencia económica, verificándose este criterio, en su balance actual y balance promedio.
- Estados Financieros Auditados, certificados por un Contador Público Autorizado o funcionario equivalente, en caso de que el solicitante sea una persona jurídica (sociedad comercial) nacional o extranjera.
- Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que el solicitante está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.
- Original del Certificado emitido por el Cuerpo de Bomberos correspondiente, referente al edificio donde va a ser instalado el Bingo.
- Fotocopia de la Certificación vigente sobre Registro de Marca/Nombre comercial, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
- Copia del recibo de pago de la tasa administrativa:
- En caso de Bingos Tradicionales, será equivalente a ciento treinta pesos dominicanos con 00/100 (RD$130.00) por cada silla a instalar, más un mes por adelantado por este mismo monto, por concepto de cuota de inscripción o renovación del Permiso de Bingo Tradicional.
- En caso de Bingos Electrónicos, será equivalente a tres mil doscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,200.00) por cada máquina o equipo a instalar, más un mes por adelantado por este mismo monto, por concepto de cuota de inscripción o renovación del Permiso de Bingo Electrónico.