Requisitos:
En virtud de que la misma se encuentra establecida en las resoluciones DM-318-2019 y DM-319-2019.
- Comunicación debidamente timbrada y sellada por la sociedad comercial Licenciataria de la Sala de Juegos de Azar, (Casino) y firmada por la persona que representa la sociedad, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando expedición de Licencia para operar un Parque de Máquinas Tragamonedas.
Nota 1: La comunicación debe expresar claramente la cantidad de máquinas tragamonedas que desean instalar en la Sala de Juegos de Azar, (Casino), haciendo mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de Expedición de Licencia para operar un Parque de Máquinas Tragamonedas, sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque.
- Croquis o planos para la instalación de las máquinas tragamonedas a instalarse en la Sala de Juegos de Azar, (Casino).
- Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de Expedición de Licencia para operar un Parque de Máquinas Tragamonedas.
- Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII), mediante la cual se haga constar que la Sociedad Comercial está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.