Requisitos:
- Comunicación dirigida al Viceministro de Políticas Tributarias con atención al Director General de Política y Legislación Tributaria citando la base legal en que sustenta la petición e incluyendo sus datos de contacto. Deberá indicar en la comunicación si optará por el incentivo de la depreciación acelerada o por el crédito a la inversión. Además, deberá expresar su interés, de ser así, de que se le excluya de la base imponible para el cálculo del impuesto sobre los activos las inversiones realizadas en los bienes establecidos en el Artículo 4 de la Ley núm. 242-20.
- Copia de la certificación vigente del Registro Industrial de PROINDUSTRIA.
- Depositar listado de bienes adquiridos en físico y enviar por correo electrónico a exoneracionesdgii@hacienda.gov.do con las especificaciones siguientes:
– Compras en el mercado local, debe tener copia de la factura del proveedor con su Número de Comprobante Fiscal (NCF).
– Compras en el mercado extranjero, debe presentar el Reporte de Liquidación de Impuestos de la Dirección General de Aduanas (printer) y la copia de la factura del proveedor.
- Copia de la Declaración Jurada (IR-2).
- Registro vigente de Calificación Industrial de PROINDUSTRIA.
- Recibo de pago, a nombre del beneficiario de la exoneración.
- Un (1) original y una (1) copia de toda la documentación requerida.