Requisitos:
- Llenado del Formulario de Registro y Control para solicitudes.
- Comunicación dirigida al ministro de Hacienda, de solicitud de Concesión de permiso de operación para Banca(s) de Lotería la cual deberá ser elaborada en hoja timbrada, sellada y firmada por el propietario de la banca, o en caso de ser una persona jurídica por el representante de la sociedad comercial, y deberá contener las siguientes informaciones:
- Nombre completo del solicitante, números telefónicos de contacto, número de Cédula de Identidad y Electoral, Pasaporte o RNC cuando se trate de una persona jurídica.
- Especificar de manera clara nombre de la(s) banca(s), así como la dirección, la calle: carretera o avenida; número; sección, paraje o sector; distrito municipal; municipio y provincia, según aplique.
- En la comunicación se deberá indicar los siguientes datos relativos al medio de pago: Fecha, entidad bancaria, número y valor del cheque o número de referencia de la transferencia o del volante de depósito, por el cual se liquida la tasa administrativa, y anexar la fotocopia del medio de pago.
- Fotocopias (anverso y reverso) legibles de los documentos de identidad del solicitante o de todos los accionistas y representante(s) en caso de persona jurídica.
- Certificación de no antecedentes penales del solicitante.
- Si es una persona jurídica se deberá depositar dicha certificación de todos los accionistas de la sociedad comercial, expedidos por las autoridades judiciales competentes.
- Certificación de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que el solicitante está al día en el pago de sus obligaciones Fiscales.
- Carta de referencia bancaria original de la persona física o jurídica, con fecha máxima de quince (15) días de antelación vigente al depósito de la solicitud del Permiso de Operación. Dicha carta debe reflejar su balance actual y balance promedio de los últimos tres (3) meses.
- En caso de persona jurídica se deberá depositar los Estados Financieros Auditados, del último Ejercicio Fiscal, certificados por un Contador Público Autorizado (CPA) o funcionario equivalente en caso de que la entidad sea una sociedad extranjera.
- Formulario de Registro y Control para el sector de Bancas de Lotería, del Departamento de Prevención de Lavado de la DCJA, debidamente completado.
- El solicitante debe ser el titular de la Marca/Nombre Comercial, de lo contrario, deberá depositar una carta constancia sobre uso de Licencia de Nombre Comercial expedida por ONAPI.
- En caso de persona jurídica, depositar copia del Acta de Asamblea mediante el cual se designe la persona física autorizada a realizar la solicitud ante la DCJA, con su respectiva Nómina de Accionistas y el Certificado del Registro Mercantil vigente, certificados por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, conforme lo establecido en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada núm. 479-08.
- En caso de designación de un representante legal, se deberá depositar el original del Poder de Representación, debidamente notariado y legalizado en la Procuraduría General de la República, mediante el cual se especifique claramente los alcances jurídicos de la representación, además de fotocopia de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado.
- c) Los documentos legales pertenecientes a empresas o accionistas extranjeros deberán ser apostilladas y certificadas por el Consulado de la República Dominicana o en el país donde residen los solicitantes. En caso de estar emitido en otro idioma, deberán estar debidamente traducidos al español por un traductor oficial. cuya firma debe ser legalizada en la Procuraduría General de la República.
- En caso de las certificaciones, se deberá presentar el documento equivalente, expedido por las autoridades correspondientes de su país de origen.
- d) Para las solicitudes presenciales en la DCJA, se deberá entregar un (1) Original y una (1) copia de todos los documentos.
- Estar interconectado con el Sistema de Control y Monitoreo de Bancas de Loterías del Ministerio de Hacienda.
- Completado el proceso de regularización, la DCJA podrá requerir otros documentos a los fines de verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley núm. 155-17, Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, sus Reglamentos de Aplicación, así como a la Norma núm. 204-17. Estos documentos deberán ser depositados a más tardar a los noventa (90) días calendario posteriores a la entrega del permiso de operación definitivo.