Juegos de Azar

Importación o Exportación Máquinas Tragamonedas y/o partes, piezas y accesorios

Gestionar y atender las solicitudes de Importación o exportación de Máquinas Tragamonedas y/o Partes, Piezas y Equipos Accesorios.

¿A quién va dirigido?

Persona Jurídica 

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes - Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

Sujeto a la complejidad del servicio y al suministro de la documentación e información de parte del solicitante. 

Costo
Costo

​​RD$ 15,200.00 p/máquina​ 

Requisitos:

  • Comunicación debidamente timbrada y sellada por la sociedad comercial y firmada por la persona que representa la Administración Responsable de la Sala de Juegos de Azar, (Casino) solicitante de los movimientos, dirigida al ministro de Hacienda, en sus funciones de presidente de la Comisión de Casinos, vía el director de Casinos y Juegos de Azar, solicitando la importación o exportación, haciendo expresión clara del nombre y ubicación de la Sala de Juegos de Azar, (Casino) y del Hotel donde se instalará(n) la(s) máquina(s) tragamonedas y/o demás aditamentos. 

Nota 1: En la comunicación debe hacerse precisión del país de procedencia o destino de la importación o exportación, la cantidad de máquinas tragamonedas con sus partes y piezas y equipos accesorios y sus marcas (las cuales deben estar homologadas). así como la mención del cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, (fecha vigente, entidad bancaria, número de cheque y valor de pago), por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de importación o exportación de la(s) máquina(s), sin desmedro de incluir fotocopia del referido cheque. Nota 2: En el caso de Exportación, debe especificar los motivos que justifican la solicitud. 

  • Cheque certificado o de administración a favor del Ministerio de Hacienda, por el cual se liquida la tarifa administrativa por concepto de importación o exportación la(s) máquina(s) tragamonedas. 
  • Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII), mediante la cual se haga constar que la Sociedad Comercial y la Sala de Juegos de Azar, (Casino) están al día en el pago de sus obligaciones tributarias. 

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitante entrega a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar la carta de solicitud de Cambio de Nombre del Hotel y/o de Salas de Juegos de Azar (Casinos) / Salas de Juegos de Máquinas Tragamonedas, el cheque certificado y todos los requisitos preestablecidos anexos. 
  2. Solicitante efectúa el pago en el área de caja del Ministerio y recibe el volante de pago y volante de recepción de la solicitud.
  3. Solicitante obtiene copia del expediente depositado con el acuse de recibo, volante de pago y recibo de seguimiento.  
  4. Solicitante recibe respuesta mediante una resolución de la Comisión de Casinos.

Información Adicional:

Base legal del servicio
– Numeral 29, Artículo 3, de la Ley núm. 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda).
– La Ley núm. 351-64 (modificada), de fecha seis (06) de agosto de 1964, que Autoriza la Expedición de Licencia para el Establecimiento de Salas de Juego de Azar.
– La Ley núm. 96-88, de fecha treinta y uno (31) de diciembre de 1988, que autoriza a los casinos de juego a operar máquinas tragamonedas.
– El Reglamento núm. 252-89, de fecha veintiuno (21) de junio de 1989, para la Operación y Funcionamiento de las Máquinas Tragamonedas.
– La Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-733, de fecha veintiuno (21) de febrero de 2017, (Acta núm. 04-2017 de fecha nueve (09) de febrero de 2017).
– La Trigésima Quinta Resolución de la Comisión de Casinos DM-717-2018, de fecha seis (06) de agosto de 2018, (según Acta núm. 08-2018 levantada en fecha diecinueve (19) de julio de 2018), contentiva de los requisitos aplicables para este servicio.
– La Décima Séptima Resolución de la Comisión de Casinos DM-319-2019, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2019, (según Acta núm. 12-2019 levantada en fecha veinticuatro (24) de julio de 2019), contentiva de la tarifa administrativa aplicable para este servicio.
– Resolución núm. 161-2021, de fecha veintinueve (29) de abril de 2021, que delega la participación del ministro de Hacienda, como presidente de la Comisión de Casinos, al viceministro del Tesoro, y a la vez se autoriza para que, en nombre y representación del ministro, pueda firmar los actos administrativos referentes a las notificaciones de las decisiones adoptadas en las reuniones de la Comisión de Casinos y en el Comité ad hoc, conformado mediante la resolución núm. 078-2018.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Dirección de Casinos y Juegos de Azar.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2103  Correo: atencionalusuariodcja@hacienda.gov.do.


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