Exoneraciones

Asignación, Cancelación o Traspaso de Matrículas y Placas Oficiales, Diplomáticas y Exoneradas Estatales

Gestionar y atender las solicitudes realizadas por parte de los funcionarios públicos y de las instituciones estatales que gocen de este beneficio.

Acceder al pago

¿A quién va dirigido?

Instituciones y funcionarios del Estado autorizados por las leyes correspondientes.

Horario de prestación
Horario de prestación

Presencial: de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de realización
Tiempo de realización

15 días laborables

Costo
Costo

RD$2,000.00

Requisitos:

  • Comunicación dirigida al Viceministro de Políticas Tributarias con atención al Director General de Política y Legislación Tributaria indicando el servicio que solicita, citando la base legal en que sustenta la petición e incluyendo sus datos de contacto.
  • Copia de la matrícula.
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral.
  • Recibo de pago, a nombre del beneficiario de la exoneración.
  • Un (1) original y una (1) copia de toda la documentación requerida.

Otros requerimientos, según aplique:

  • En caso de referirse a más de un vehículo deberá entregar una relación de las matrículas y sus titulares.

Procedimientos a seguir:

  1. Pagar la solicitud del servicio en el área de caja o en el portal web del Ministerio de Hacienda, asegurándose que el recibo esté a nombre del beneficiario de la exoneración.
  2. Depositar los documentos requeridos en el área de Mesa de Entrada del Ministerio de Hacienda.   
  3. Dar seguimiento a su solicitud ingresando a la consulta de solicitud de servicios utilizando el volante de Mesa de Entrada para obtener una copia de la comunicación de respuesta del Ministerio de Hacienda y del acuse de recibo del expediente en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en caso de autorizada la solicitud.

Instructivos

Instructivo de uso para pagos múltiples de servicios

Instructivo de uso para pagos sin cuenta de usuario

Videos Instructivos

Pagos Múltiples

Consulta de la Solicitud

Información Adicional:

• En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante de la DGPLT le estará contactando.
• Si un caso es reintroducido deberá realizar nuevamente el pago de la tasa por servicio.
• No se aceptan recibos de pago con más de 30 días de vigencia.

Base legal del servicio:

– Ley núm. 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos, y sus modificaciones.

– Ley núm. 327-98, del 11 de agosto del 1998, sobre la Ley de Carrera Judicial.

– Ley núm. 277-04, del 12 de agosto del 2004, que crea el Servicio Nacional de Defensa Pública.

– Ley núm. 133-11, del 07 de junio del 2011, Orgánica del Ministerio Público

– Ley núm. 195-11, del 20 de julio de 2011, que regula la asignación y uso de las placas oficiales, diplomáticas, consulares y exoneradas.

– Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.

– Otras leyes o contratos según aplique.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Departamento de Incentivos y Exoneraciones Tributarias, Dirección General de Política y Legislación Tributaria, Viceministerio de Políticas Tributarias.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2013, 2008, 2237 Correo: exoneracionesdga@hacienda.gov.do.


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