Información Adicional:
- • En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante de la DGPLT le estará contactando. Luego de ser contactado, tendrá un máximo de 5 días laborables para completar el mismo. Pasado este tiempo, si no ha logrado remitir los documentos faltantes, su solicitud será devuelta, debiendo iniciar el proceso nueva vez.
- • Si un caso es reintroducido deberá realizar nuevamente el pago de la tasa por servicio.
- • Los recibos de pagos deben estar a nombre del beneficiario.
Base legal del servicio:
– Ley núm. 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos, y sus modificaciones.
– Ley núm. 327-98, del 11 de agosto del 1998, sobre la Ley de Carrera Judicial.
– Ley núm. 277-04, del 12 de agosto del 2004, que crea el Servicio Nacional de Defensa Pública.
– Ley núm. 133-11, del 07 de junio del 2011, Orgánica del Ministerio Público
– Ley núm. 195-11, del 20 de julio de 2011, que regula la asignación y uso de las placas oficiales, diplomáticas, consulares y exoneradas.
– Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.
– Otras leyes o contratos según aplique.