Exoneraciones

Carnet de Exención de ITBIS a las Zonas Francas (Emisión y Renovación)

Responder las solicitudes de emisión o renovación del carnet para la compra de insumos exentos del ITBIS de las empresas clasificadas como Zonas Francas de Exportación.
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¿A quién va dirigido?

Personas jurídicas acogidas a la Ley núm. 8-90 y sus modificaciones.

Horario de prestación
Horario de prestación

Vía Web: 24 horas, 7 días a la semana

Tiempo de realización
Tiempo de realización

10 días laborables en el Ministerio de Hacienda*

Costo
Costo

RD$13,400.00 para carnet con vigencia de un (1) año.
RD$26,800.00 para carnet con vigencia de dos (2) años.
Dependiendo del tiempo de vigencia aprobado por el Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).

Requisitos:

  • Resolución vigente que lo acredita como empresa de Zonas Francas.
  • Certificación vigente de la No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE) donde se indique el tiempo de vigencia del carnet.
  • Recibo de pago emitido por la DGII.
  • Recibo de pago emitido por el Ministerio de Hacienda, cuyo costo dependerá del tiempo de vigencia del carnet de acuerdo a lo aprobado en la No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).

Otros requerimientos, según aplique:

  • En caso de renovación:
    o Copia del carnet anterior.
    o Últimos 3 recibos de la Tesorería Seguridad Social (TSS)
    o Declaración Jurada (IR2)
  • Anexo B1 y demás documentos anexos.

Procedimientos a seguir:

  1. Solicitar la Certificación de No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).
  2. Realizar el pago por emisión o renovación del carnet de Exención de ITBIS de Zonas Francas en el área de caja de la Administración Local de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que le corresponda.
  3. Pagar la solicitud del servicio en el portal web del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el tiempo de vigencia del carnet aprobado en la No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).
  4. Realizar la solicitud a través de la oficina virtual de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), adjuntando todos los documentos requeridos.
  5. Dar seguimiento y obtener la respuesta a su solicitud a través de la oficina virtual de la DGII.

Instructivos

Instructivo de uso para pagos múltiples de servicios

Instructivo Solicitud Carnet de Zona Franca vía Oficina Virtual (OFV)

Instructivo de uso para pagos sin cuenta de usuario

Video Instructivo Pagos Múltiples

Información Adicional:

• En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante de la DGPLT le estará contactando.
• Luego de ser contactado, tendrá un máximo de 5 días laborables para completar el mismo. Pasado este tiempo, si no ha logrado remitir los documentos faltantes, su solicitud será devuelta, debiendo iniciar el proceso nueva vez.
• Si un caso es reintroducido deberá realizar nuevamente el pago de la tasa por servicio.
• No se aceptan recibos de pago con más de 30 días de vigencia.

*De ser aprobada su solicitud, luego de ser tramitada en el Ministerio de Hacienda en los días indicados, será enviada a la DGII

Base legal del servicio
– Ley núm. 4027, de fecha 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos.
– Ley núm. 8-90, de fecha 10 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas, y sus modificaciones.
– Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.
– Otras leyes o contratos según aplique.

Información de contacto:

Servicio ofrecido por Departamento de Incentivos y Exoneraciones Tributarias, Dirección General de Política y Legislación Tributaria, Viceministerio de Políticas Tributarias.

Tel.: (809) 687-5131 Ext: 2011, 2348, 2349, 2220 Correo: exoneracionesdgii@hacienda.gov.do.


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