Requisitos:
- Completar debidamente el Formulario de Solicitud de Exoneraciones de Impuestos Internos, imprescindible incluir los datos de contacto del solicitante y que el mismo sea completado en computador o a máquina.
- Copia de la certificación o resolución vigente del Consejo o Comisión que regula la base legal en la cual se ampara, otorgando la clasificación como empresa acogida a una ley de incentivo, si aplica.
- Copia del contrato de préstamo hipotecario, debidamente firmado y notariado.
- Copia del certificado de título del dueño o del acreedor.
- Copia de la cédula de identidad electoral o pasaporte de las personas (vendedor y comprador) que intervienen en el contrato. En caso de personas jurídicas, deberá depositar acta de asamblea que apodera a las personas que firman el contrato; y copia del Registro Mercantil emitido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
- Recibo de pago, a nombre del beneficiario de la exoneración.
- Un (1) original y una (1) copia de toda la documentación requerida.
Otros requisitos, según aplique:
- Para el caso de los institutos de educación superior acogidos a la Ley núm. 139-01, debe tener la Certificación de No Objeción del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT).
- Para el caso de las empresas acogidas a la Ley núm. 8-90 y sus modificaciones, debe remitir la Certificación vigente de la No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).
- Para las asociaciones sin fines de lucro acogidas a la Ley núm. 122-05, deberán haber agotado satisfactoriamente el proceso de depósito de su base legal en el Ministerio de Hacienda.