Horario de prestación
Vía web: 24 horas, 7 días a la semana
Tiempo de realización
15 días laborables
Costo del servicio
RD$2,000.00
Requisitos
- Comunicación dirigida al Presidente de la República vía el ministro de Hacienda solicitando la exoneración.
- Copia del reporte de liquidación de impuestos de aduanas (DGA) (en estado de inspeccionado).
- Copia de la factura comercial.
- Copia de conocimiento de embarque o Bill of Lading (B/L), Guía Aérea (Air Way Bill) y guía terrestre.
- Recibo de pago a nombre del beneficiario de la exoneración.
- Un (1) original y una (1) copia de toda la documentación requerida.
Otros requisitos, según aplique:
- En caso de vehículo, deberá remitir copia del certificado del título y/o copia del endoso y aceptación del endoso.
Procedimientos a seguir
- Realizar la solicitud del servicio a través del portal del Ministerio de Hacienda, haciendo clic en “Acceder al servicio” y completando el formulario requerido.
- Realizar el pago del servicio a través de una de las siguientes vías:
– Transferencia bancaria a la cuenta corriente “Tesorería Nacional (PAGO MH)”, número 0102520461 en el Banco de Reservas, RNC 401-036959 (Tesorería Nacional M.H.), colocando el concepto “Exoneracion Import. Instituciones Estado RNC XXXXXXXXX”.
– Pago en efectivo o cheque certificado en el Área de caja del Ministerio de Hacienda.
– Pago en línea con tarjeta de crédito o débito a través del portal de este Ministerio.
– Depósito bancario a la cuenta corriente “Tesorería Nacional (PAGO MH)”, número 0102520461 en el Banco de Reservas, RNC 401-036959 (Tesorería Nacional M.H.), colocando el concepto “Exoneracion Import. Instituciones Estado RNC XXXXXXXXX”.
NOTA: Se deberá adjuntar el comprobante de pago para todas las modalidades antes mencionadas, a excepción del pago en línea a través del portal del MH. - Adjuntar los documentos requeridos en formato PDF.
- Verificar su correo electrónico para conocer el estado de su solicitud.
- De recibir la aprobación de la Presidencia, completar el proceso ingresando al servicio de impuestos aduanales.
Información de contacto
Servicio ofrecido por:
Departamento de Incentivos y Exoneraciones Tributarias, Dirección General de Política y Legislación Tributaria, Viceministerio de Política Tributaria.
Teléfono:
809-687-5131 ext.: 2011
Instructivos
Instructivo de uso para el servicio de exoneración de impuestos de importación para las instituciones del Estado
Consulta de la solicitud
Información adicional
- En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante de la DGPLT le estará contactando.
- Si un caso es reintroducido deberá realizar nuevamente el pago de la tasa por servicio.
- No se aceptan recibos de pago con más de 30 días de vigencia desde la fecha de su emisión.
- Recibirá en el correo suministrado, notificaciones de estado de su solicitud.
Base legal del servicio
- Ley núm. 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos, y sus modificaciones.
- Ley núm. 11-92, de fecha 16 de mayo de 1992, que establece el Código Tributario Dominicano, y sus modificaciones.
- Ley núm. 14-93, de fecha 26 de agosto de 1993, que aprueba el arancel de Aduanas de la República Dominicana, y sus modificaciones
- Ley núm. 176-07, de fecha 17 de julio de 2007, del distrito nacional y los municipios, y sus modificaciones.
- Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.
- Otras leyes y otros contratos según apliquen.